Derecho Civil

Arrendamiento de Local Comercial en Ecuador: Diferencias con la Vivienda y Cláusulas Clave

📅 23 junio 2026 ⏱️ 7 min lectura

En VARGAS LAWYERS hemos asesorado a arrendadores y arrendatarios de locales comerciales en Santo Domingo en la redacción de contratos, desalojos por falta de pago y disputas sobre mejoras y garantías. En este artículo explicamos las diferencias entre arrendar un local comercial y una vivienda, y las cláusulas que no pueden faltar en tu contrato.

El mes pasado atendimos a un empresario en Santo Domingo que arrendó un local sin contrato escrito. Después de 2 años, el arrendador le subió el canon en 50% de un mes para otro. Cuando el inquilino se negó a pagar, el arrendador le cambió las cerraduras. Sin contrato escrito, fue muy difícil demostrar las condiciones originales del arrendamiento. Al final llegaron a un acuerdo pero el inquilino perdió dinero y tiempo valioso de su negocio.

Diferencias Fundamentales con el Arrendamiento de Vivienda

La diferencia más importante es que la Ley de Inquilinato NO aplica a locales comerciales. Esta ley solo regula el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. Los locales comerciales se rigen por:

Consecuencias prácticas de esta diferencia:

Aspecto Vivienda (Ley de Inquilinato) Local comercial (Código Civil)
Canon de arrendamiento Regulado por el Estado, límites a aumentos Libremente pactado, sin límites legales
Plazo Mínimo 2 años, renovación automática El que las partes acuerden, sin mínimos ni máximos
Garantía Máximo 3 meses de canon La que las partes acuerden (puede ser mayor)
Desalojo Proceso especial ante Tenencia Política Juicio verbal sumario o Tenencia según el caso
Protección inquilino Alta protección legal Protección básica del Código Civil

✓ Ventaja para arrendadores: Al no estar regulado por la Ley de Inquilinato, tienes más libertad para fijar precio, plazo y condiciones. Pero esto significa que TODO debe estar claramente pactado en el contrato escrito.

Cláusulas Esenciales del Contrato

Un buen contrato de arrendamiento de local comercial debe incluir al menos estas cláusulas:

1. Identificación de las partes y del inmueble

2. Destino del local (uso específico)

Especifica para qué actividad se arrienda el local. Ejemplo: "restaurante", "tienda de ropa", "farmacia", "oficina administrativa". Si el arrendatario usa el local para un fin distinto, el arrendador puede pedir la terminación del contrato.

3. Canon de arrendamiento

4. Plazo del contrato

Puede ser:

5. Servicios básicos

Especifica quién paga qué: agua, luz, internet, recolección de basura, seguridad, mantenimiento de áreas comunes. Lo más común es que el arrendatario pague los servicios de consumo directo (luz, agua, internet) y el arrendador las expensas comunes si las hay.

6. Estado del local y acta de entrega-recepción

Describe el estado actual del inmueble: pintura, pisos, puertas, ventanas, instalaciones eléctricas, sanitarias. Levanta un acta de entrega-recepción con fotos o video. Esto evitará disputas futuras sobre quién causó qué daños.

7. Garantía o depósito

A diferencia de viviendas (máximo 3 meses), en locales comerciales se puede pactar cualquier monto. Es común exigir entre 2 y 6 meses de canon como garantía. Especifica:

8. Mejoras y reparaciones

Establece claramente:

9. Cláusula de desahucio

Si el contrato es indefinido o tiene renovación automática, incluye una cláusula de desahucio: "Cualquiera de las partes puede dar por terminado este contrato mediante notificación escrita con 60 días de anticipación".

10. Causales de terminación anticipada

⚠ Error común: Muchos contratos dicen "el inquilino puede hacer mejoras" pero no especifican si debe devolverlas al estado original o si le pagan. Esto genera litigios costosos. Define claramente el régimen de mejoras en el contrato.

Desalojo de Local Comercial

Cuando el arrendatario no paga o incumple el contrato, el arrendador puede demandarlo. Las vías son:

1. Juicio verbal sumario ante juez civil

Es la vía judicial para desalojar locales comerciales por:

El proceso dura entre 3 y 6 meses aproximadamente. Es más rápido que un juicio ordinario pero más lento que el desalojo de vivienda ante Tenencia Política.

2. Ante la Tenencia Política (si hay acuerdo)

Si ambas partes acuerdan resolver el conflicto mediante conciliación, pueden acudir a la Tenencia Política que puede emitir una orden de desalojo en días o semanas. Pero esto requiere voluntad de ambas partes.

Requisitos para un desalojo exitoso:

✓ Consejo para arrendadores: Incluye en el contrato una cláusula que establezca que si el arrendatario no desocupa voluntariamente al vencer el plazo o al notificarse el desahucio, deberá pagar una penalidad diaria (por ejemplo, el doble del canon diario). Esto incentiva el cumplimiento voluntario.

Subarrendamiento y Cesión

Por defecto, el arrendatario NO puede subarrendar ni ceder el local sin autorización del arrendador. Pero las partes pueden pactarlo en el contrato.

Diferencias:

Si el contrato prohíbe el subarrendamiento y el arrendatario lo hace igual, el arrendador puede pedir la terminación del contrato y el desalojo inmediato.

Preguntas Frecuentes sobre Locales Comerciales

No. La Ley de Inquilinato solo regula el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. Los locales comerciales se rigen por el Código Civil y por lo que las partes acuerden libremente en el contrato. Esto significa mayor libertad contractual pero también menos protecciones para el arrendatario.
Sí, en locales comerciales no hay restricciones legales para el monto del canon ni para sus aumentos. Las partes pueden pactar libremente el precio inicial y los incrementos periódicos. Lo recomendable es establecer en el contrato una cláusula clara sobre los aumentos: porcentaje, periodicidad y forma de cálculo.
Depende de la vía. Si hay mora en el pago y el contrato está bien redactado, puedes iniciar juicio verbal sumario que toma entre 3 y 6 meses. Si hay acuerdo, puedes acudir a la Tenencia Política que resuelve en días o semanas. El desalojo por vencimiento de plazo es más ágil si el contrato tiene fecha cierta de terminación.
El desahucio es la notificación que una parte da a la otra de que dará por terminado el contrato. En locales comerciales, si el contrato es de plazo indefinido, cualquiera de las partes puede desahuciarlo con el aviso previo que establezca el contrato (generalmente 30 a 90 días). Si el contrato es de plazo fijo, no hay desahucio: termina automáticamente al vencer el plazo.
Solo si el contrato lo establece expresamente. El Código Civil distingue entre mejoras necesarias (mantenimiento básico), útiles (aumentan el valor) y voluptuarias (solo embellecen). El arrendatario tiene derecho al pago de mejoras necesarias. Las útiles y voluptuarias solo si fueron autorizadas previamente por el arrendador. Es crucial pactar esto en el contrato.

Cómo Te Ayudamos en VARGAS LAWYERS

En nuestra firma asesoramos a arrendadores y arrendatarios de locales comerciales en Santo Domingo y Tsáchilas. Nuestro servicio incluye:

¿Vas a Arrendar o Alquilar un Local Comercial?

Consultanos antes de firmar el contrato. Redactamos contratos que protegen tus intereses y evitan conflictos futuros. Si ya tienes un problema de arrendamiento, te defendemos en el juicio.

Consultar por WhatsApp

Descargo de responsabilidad: Este artículo tiene propósito informativo y educativo únicamente. No constituye asesoría legal específica para tu caso particular. Los contratos de arrendamiento comercial requieren análisis jurídico detallado de las circunstancias concretas y necesidades de cada parte. Para situaciones específicas, consulta con un abogado especializado. VARGAS LAWYERS S.A.S. no asume responsabilidad por acciones tomadas basándose exclusivamente en la información de este artículo.

Artículos relacionados: